Los beneficios tributarios previstos en la Ley 2010 de 2019 son de alcance general, por lo que no resulta válido afirmar que, con su aplicación, los congresistas, sus familiares cercanos y sus socios obtendrían un beneficio, privilegio o ganancia en su favor de las que no gozarían los demás ciudadanos que cumplan los requisitos previstos en la citada disposición.