La introducción en el último debate que se dio en el Congreso de la República, de un artículo referente a un asunto no tratado anteriormente durante el trámite de la Ley, condujo a la Corte Constitucional a declarar la inexequibilidad de la norma que establecía la suspensión del vencimiento de las licencias de conducción hasta por dos (2) años, por desconocimiento de los principios de consecutividad e identidad flexible exigidos en todo Proyecto de Ley. La Corte difirió hasta el 20 de junio de 2023 los efectos de la decisión, a fin de impedir un colapso en el sistema de renovación de licencias de conducción; y otras.