Tema: Comercio Exterior

Miércoles, 31 Enero 2024 00:00

Resolución DIAN No. 1 de 24 de enero de 2024.

Por la cual se autorizan temporalmente operaciones de comercio exterior por la jurisdicción aduanera de la Dirección Seccional del Impuesto y Aduanas de Puerto Asis, adicionando un parágrafo transitorio al artículo 125 de la Resolución 46 de 2019.
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Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2147 de 2016, en lo relacionado con la prórroga del término de declaratoria de existencia de las zonas francas permanentes, ubicadas en predios propiedad de la Nación -Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y se dictan otras disposiciones.
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Adición al Concepto General No. 032143 – interno 1465 de diciembre 31 de 2019 – Procedimientos Administrativos Aduaneros.
La venta que realice la DIAN de mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la Nación a una sociedad de comercialización internacional con destino a su exportación goza de la exención del IVA de que trata el literal b) del artículo 481 del Estatuto Tributario.
Para el periodo gravable discutido, el régimen de precios de transferencia estaba previsto en las versiones entonces vigentes de los artículos 260-1 y siguientes del ET donde se dispuso que quienes celebraran operaciones con vinculados económicos del exterior determinarían sus factores componentes de renta, valorando esas operaciones bajo precios y márgenes de utilidad correspondientes a operaciones comparables desarrolladas entre partes independientes.
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Quinta adición al Concepto General sobre el impuesto sobre la renta a cargo de las personas jurídicas con motivo de la Ley 2277 de 2022.
Se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas y se corrige unos errores formales en el Decreto 1881 de 2021.
Publicado en: Decretos
Se modifica parcialmente el Decreto 1116 de 2017 para la importación de vehículos híbridos.
Publicado en: Decretos
Las mercancías importadas sí cumplen con las reglas de origen específicas para las subpartidas en las que se clasifican esos bienes y por ende, se tiene acceso al trato arancelario preferencial identificados en las importaciones.
Publicado en: Jurisprudencia
La exclusión del IVA de que trata el literal j) del artículo 428 del Estatuto Tributario opera en el marco de las importaciones cubiertas con Tratados de Libre Comercio – TLC. Con ocasión de la modificación realizada por la Ley 2277 de 2022 esta exclusión no cobija únicamente importaciones originarias de países con los cuales Colombia ha suscrito TLC, también puede cobijar las importaciones procedentes de estos países en los términos establecidos en cada TLC.