Tema: Derecho Comercial

Si bien hace parte de los atributos de la personalidad sea natural o jurídica, la determinación de un «nombre», esto no implica que no pueda anunciarse de una forma distinta a como aparece en el registro mercantil, siempre que sea plenamente identificable el sujeto de que se trata.
Se adiciona el Capítulo 2 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1066 de 2015, Único reglamentario del Sector Interior en relación con los requisitos para el uso, fabricación, manipulación, transporte, almacenamiento, comercialización, compra, venta de pólvora y productos pirotécnicos en el territorio nacional, y se modifica el artículo 2.2.4.1.21 del Decreto 1070 de 2015 Único reglamentario del Sector Defensa y se dictan otras disposiciones.
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Se crea el programa «CREO, un crédito para conocernos» y se adiciona la Parte 25 al Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.
Publicado en: Decretos
Una vez disuelta la sociedad debe procederse a su liquidación y una vez ingrese a esta etapa la sociedad solo conserva capacidad jurídica para realizar actos tendientes a su pronta y efectiva liquidación.
Para comprobar la distribución en el país de las mercancías importadas, además de la certificación prevista en la norma la Autoridad Aduanera puede solicitar la presentación de las respectivas facturas de venta.
Para el término general de firmeza de las declaraciones de IVA existe la regla prevista en el artículo 705-1 del ET, según el cual, el término para notificar el requerimiento especial y para que quede en firme la declaración del impuesto sobre las ventas será el mismo que corresponda a la firmeza de la declaración de renta del año gravable.
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Adición al Concepto General Unificado No. 1465 de 31 de diciembre de 2019 sobre procedimientos Administrativos Aduaneros.
Aprobada la distribución de utilidades por el máximo órgano social, es viable proceder a su modificación cuando la decisión se tome por todos y cada uno de los asociados, siempre y cuando la aprobación que ya había sido tomada, no haya producido efectos irreversibles no solo frente a la sociedad en particular sino también frente a los mismos asociados o a los terceros en general.
Admitir que nunca solicitó al demandado el pago de prestaciones sociales ni de vacaciones no implica necesariamente que el demandante fuera consciente de que estaba en presencia de un contrato de suministro; y menos aún, puede considerarse que tal aceptación favorezca al accionado en el sentido de dar por acreditada esa forma de vinculación.
Publicado en: Jurisprudencia