Tema: Tributario

El servicio de transporte terrestre automotor especial es una modalidad de transporte terrestre público, por lo cual está excluido del impuesto sobre las ventas, según el artículo 476 del Estatuto Tributario.
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Precisión de la expresión «son enajenados antes de que finalice su periodo de depreciación o amortización» contenida en el artículo 1.2.1.18.76. del Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016.
Por la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
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Adición al Concepto Unificado No. 0106 del 19 de agosto de 2022 – Obligación de facturar y sistema de factura electrónica.
El comparable interno es prevalente en su utilización respecto del comparable externo. Así, solo en caso de que se considere que el comparable interno no cumple con los criterios de comparabilidad o no se cuente con el mismo, deberá recurrirse a los comparables externos.
Se busca reglamentar los artículos 206, 336, 383, 365, 367 y 386 del Estatuto Tributario, adicionar el parágrafo 2 del artículo 1.2.4.1.4 y el artículo 1.2.4.1.42, sustituir el numeral 6 y el parágrafo 3 del artículo 1.2.4.1.6,  el inciso 1 del parágrafo 2 del artículo 1.2.4.1.14   y el paragrafo 4 del artículo 1.2.4.1.17 del capítulo 1 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, relacionado con la retención en la fuente por concepto de rentas de trabajo. 
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El documento con el que se nombra al representante de la sucesión debe estar autenticado ante notario o autoridad competente para los casos relacionados con el trámite de inscripción o actualización del RUT de la sucesión ilíquida.
Las empresas que gozan de la tarifa diferencial del 15% del impuesto sobre la renta son las que tengan como actividad económica y objeto social exclusivos la edición de libros.
Los conceptos de las autoridades tributarias carecen de alcance normativo al punto que no le es exigible a los obligados tributarios acatar dictados de la doctrina administrativa, en tanto que los agentes externos a la Administración no están sometidos a la Unidad de doctrina que se adopte a los referidos conceptos de manera que el sujeto obligado queda en libertad de escoger o no las formulaciones interpretativas de esos actos administrativos, porque estos no tienen rango o fuerza de ley, si no que son una fuente auxiliar interpretativa.
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La DIAN publicó en su página web el Proyecto de Resolución: «Por la cual se modifica parcialmente el artículo 1 de la Resolución 000114 del 21 de diciembre de 2020 “Por la cual la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adopta la Clasificación de Actividades Económicas CIIU Rev. 4 A.C. (2021) y sus notas explicativas, del Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE, y se establecen otras clasificaciones propias de su competencia”».
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