Expediente No. 26404 de 13 de julio de 2023 - Consejo de Estado.

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La no sujeción al impuesto de industria y comercio es de carácter objetivo, pues recae sobre actividades y no sobre personas y el proceso productivo primario finaliza con la venta de la producción, con lo cual, cuando para dicha comercialización los productores se constituyen en cooperativa la no sujeción se mantiene y no muta a una actividad mercantil.

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